Cómo afecta Madrid 360

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) publicó el 21 de septiembre la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Este plan, Madrid 360 o ZBEDEP, empezó a funcionar en fase de aviso durante los dos primeros meses (ese periodofinalizó el 11 de diciembre) ¿Cómo afecta Madrid 360?

 

Para incentivar el cambio a vehículos eléctricos, híbridos o que consumen combustibles alternativos se ha planteado una restricción progresiva de la circulación a los vehículos más contaminantes con la creación de Madrid Zona de Bajas Emisiones. Su aplicación será por anillos territoriales: comenzando por las zonas donde los niveles de contaminación son más elevados, con esto tenemos que entender, el interior de la M-30.

 

Madrid 360 prohibe la circulación por la capital a partir de 2025 a todos los vehículos sin etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT). A eso hay que añadir, que en la zona del distrito Centro se prohíbe el acceso a los vehículos con clasificación ambiental A (motores diésel matriculados antes del año 2006 o gasolina previos al año 2000) y a aquellos con clasificación ambiental B y C si no estacionan en un aparcamiento de uso público o privado.

 

¿Qué tiene de nuevo esta normativa?

-El ayuntamiento pretende ofrecer a los residentes en Madrid alternativas para la transición hacia una movilidad más sostenible, con ayudas económicas y fomentando el transporte público.
-Madrid 360 crea  Zonas de Especial Protección en distrito Centro (comprende los barrios de Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol) y Plaza Elíptica, zonas donde según los estudios, la contaminación es más acusada. Esta segunda zona de bajas emisiones (ZBEDEP) es Plaza Elíptica, a cuyo entorno no podrán acceder los vehículos A de no residentes y los de distribución de mercancías sin distintivo ambiental y más de 3.500kg de peso.
-El perímetro protegido de distrito Centro queda delimitado por las calles de Alberto Aguilera, glorieta de Ruiz Jiménez, Carranza, glorieta de Bilbao, Sagasta, plaza de Alonso Martínez, Génova, plaza de Colón, paseo de Recoletos, plaza de Cibeles, paseo del Prado, plaza de Cánovas del Castillo, plaza del Emperador Carlos V, ronda de Atocha, ronda de Valencia, glorieta de Embajadores, ronda de Toledo, glorieta de la Puerta de Toledo, ronda de Segovia, cuesta de la Vega, Mayor, Bailén, plaza de España (lateral continuación de la cuesta de San Vicente), Princesa y Serrano Jover. Todo tipo de vehículos pueden circular por estas vías, pero no en su interior.
-Se considera zona protegida en Plaza Elíptica:  Faro, avenida de Abrantes, Portalegre, avenida de Oporto, travesía de Antonia Lancha, Santa Lucrecia, Antonio Leyva, Arlanza, lateral paseo de Santa María de la Cabeza en sentido entrada a Madrid hasta puente de los Capuchinos, Manuel Noya, Cerecinos, Fornillos, Ricardo Beltrán y Rozpide hasta el número 8, avenida Princesa Juana de Austria en sentido entrada a Madrid y Vía Lusitana intersección con calle Faro cruzando el parque de la Emperatriz María de Austria.
-Esta normativa intenta equiparar el tratamiento a los 15.000 comerciantes que operan en la zona.
-Los empadronados con vehículos domiciliados fuera de Madrid pierden su permiso de acceso.
-Permite la circulación de motos hasta las 23:00 horas.
-La limitación de acceso a los vehículos de mercancías con distintivo ambiental B y más de 3.500 kilos de peso se retrasa hasta el 31 de diciembre de 2022.
-El acceso no permitido a la ZBEDEP del distrito Centro constituye una infracción leve de tráfico que puede ser sancionada con 90 euros, reducible en un 50% por pago en tiempo voluntario.

-El calendario de prohibiciones de Madrid 360 es el siguiente:

  • A partir del 1 de enero de 2022, ha quedado prohibido el acceso y
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    circulación en el interior de la M-30, excluyendo la propia M-30 a los coches sin distintivo ambiental de no residentes.

  • A partir del 1 de enero de 2023, se prohibirá el acceso y circulación dentro de la propia M-30 al mismo conjunto de coches.
  • A partir del 1 de enero de 2024, quedará prohibido el acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas en todo el municipio de Madrid (llamado con Madrid 360: Madrid ZBE)
  • A partir del 1 de enero de 2025 la prohibición se extenderá a los vehículos A de residentes.

Entonces ¿quiénes pueden entrar en Madrid con su coche?

  • Las personas empadronadas en Distrito Centro podrán circular libremente con su coche por el interior de Madrid Central y estacionar en el SER en su barrio, si dispone de autorización, o fuera previo pago de la tasa en parquímetros.
  • Los conductores con vehículos con distintivo ambiental CERO emisiones podrán circular y estacionar en zona SER sin restricción horaria.
  • Los conductores con vehículos con distintivo ambiental ECO podrán entrar y estacionar en la zona SER un máximo de dos horas.
  • Los conductores con vehículos con distintivo ambiental B o C podrán acceder únicamente para aparcar en un aparcamiento de uso público, garaje privado o reserva de estacionamiento no dotacional, salvo que sean vehículos de invitados autorizados por los residentes, de personas con movilidad reducida, servicios esenciales o servicios profesionales que presten o presten suministros dentro del horario y con sujeción al calendario establecido.

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