Desde hoy, 8 de julio de 2022, puede solicitar el conocido como cheque antinflación, de 200€. Se trata de una ayuda gestionada por la Agencia Tributaria destinada a ayudar a paliar la subida de precios imparable en estos meses (en junio de 10,2%) a hogares de bajos ingresos. Por eso, no te pierdas este post de Cómo solicitar el cheque antinflación.

Las condiciones para solicitar esta ayuda son: 

-Se llevará acabo a través de un pago único por transferencia bancaria antes de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario; es decir, diciembre de 2022. 

-Puedes solicitarlo desde hoy 8 de julio hasta el 30 de septiembre de 2022.

-Para recibirlo las rentas deberán ser inferiores a 14.000€ en 2021 y tener un patrimonio inferior de 43.196,40€ (sin contar la vivienda habitual). 

-No solo se tendrán en cuenta tus ingresos y patrimonio, sino los de toda la unidad familiar que vivan en la misma vivienda. Computarán los ingresos de aquellas personas que compartan vivienda y lazos familiares con el solicitante (llegando hasta el tercer grado de parentesco, incluyendo los afines y quienes convivan con ellos; no se especifica si la pareja de ser matrimonio o no, así que la convivencia debe ser de al menos dos años de duración).

-Es incompatible con otras prestaciones, como el Ingreso Mínimo Vital, una pensión (indiferentemente de si son pensiones contributivas o no O si es abonada por el régimen general, los regímenes especiales de la Seguridad Social o el régimen de clases pasivas del Estado) o prestaciones análogas de mutualidades de previsión social alternativas al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. 

-Puedes pedirlo si eres: 

  • Desempleado, si estás inscrito en la oficina de empleo, al margen de que cobres el paro o no; 
  • Asalariado, siempre y cuando estés dado de alta en la Seguridad Social; 
  • Autónomo.

Para solicitar la ayuda, que fue aprobada el 22 de junio, tienes que tener la residencia efectiva y legal antes de dicho 22 de junio y haber vivido en España de forma continuada e ininterrumpida como mínimo desde el 22 de junio de 2021. La agencia tributaria no está obligada a comunicar que la petición ha sido denegada, si en diciembre de 2022 no ha sido ingresada la ayuda se entenderá como denegada.

¿Cómo pedirlo?

-La solicitud es exclusivamente Virtual, a través de la página de la Agencia Tributaria con un formulario electrónico. 

* Los contribuyentes que vivan en País Vasco o Navarra tienen que presentar las solicitudes en las instituciones locales.

-El solicitante tiene que disponer de clave digital (Cl@ve) o certificado electrónico. 

-Se debe comunicar el NIF del solicitante y de las personas con las que vivas, siempre y cuando sean mayores de 14 años.

-En la solicitud se tiene que indicar el número de cuenta bancaria donde esperas que se ingrese la ayuda.

-Hay que presentar ninguna documentación, ya que la agencia tributaria al ser la encargada de gestionar dicha ayuda tiene acceso a los datos necesarios.

 

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