¿Pueden las empresas reclamar a su seguro las pérdidas por el coronavirus?

Un tribunal francés cree que sí. El tribunal ha dictaminado que la aseguradora de propietario de cuatro restaurantes parisinos deberá indemnizarle por las pérdidas derivadas de la pandemia.

Una reciente resolución de un tribunal francés ha condenado a la aseguradora AXA a indemnizar a un empresario la pérdida de beneficios ocasionada tras el cierre ordenado por su gobierno para combatir la expansión del coronavirus. AXA tenía en su cartera algunos asegurados que habían contratado un seguro que específicamente cubría ese tipo de pérdidas, pero no era el caso del demandante.

En es caso español hay que destacar que las pólizas de seguro conocidas como “multirriesgo empresarial”, generalmente cubren en casos de siniestro tanto el daño material como la pérdida de explotación o beneficios. Habitualmente, estas pólizas vinculan la cobertura de daño material y la de pérdida de beneficios. Es decir, que la mayoría de pólizas no cubren la pérdida de beneficios cuando no deriva de un siniestro cubierto por la póliza que haya ocasionado daños materiales en el establecimiento asegurado. Si bien es cierto que el asegurador puede solicitar la cobertura de la pérdida de beneficios, tanto si deriva de un daño material en las instalaciones aseguradas como de otra causa distinta. Pero sobre la pérdida de beneficios la Ley sobre el Contrato de Seguro establece la obligación del asegurador de indemnizar al asegurado en función de lo pactado en la póliza. Por ello, como decimos, la obligación del asegurador dependerá de la redacción del contrato de seguro y de las circunstancias que permitan interpretarla.

Para contener la expansión de la Covid-19 tanto el Gobierno central como los autonómicos han tomado una serie de medidas que han provocado importantes pérdidas en los comercios.

Ante esta situación, al menos en nuestro país, algunos expertos, tanto del sector asegurador como del derecho, creen que la forma y las circunstancias en las que estas medidas fueron llevadas a cabo impiden que cualquier pleito que pida responsabilidades al Estado no tendrán éxito. Mientras que otros afirman que las medidas aprobadas tienen graves defectos jurídicos que podrían determinar su nulidad y, por tanto, dar lugar a reclamaciones e indemnizaciones.

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