Si estáis pensando en cambiar de seguro y habéis pasado por la información de varios, estaréis empezando a familiarizaos con términos como beneficiario, asegurado, conductor ocasional… ¿pero entendéis las diferencias entre ellos? La mayoría de los seguros entienden diferentes figuras jurídicas, aunadas o no en la misma persona física:
I.El tomador del seguro o contratante. La póliza figura a su nombre y es el encargado de pagar la prima.
II. El asegurado, a quien el seguro protege. En el caso de alquiler del vehículo el conductor principal será el asegurado; si existe la posibilidad de que varias personas conduzcan el coche durante la vigencia del contrato, es necesario comunicarlo a la compañía arrendadora con el fin de ampliar la cobertura del seguro. Esto suele suponer un coste adicional; a más personas conductoras, más riesgo para las compañías aseguradoras, de ahí el aumento del precio de la póliza.
III. El conductor, persona legalmente habilitada para conducir un vehículo, individuos que con mayor (principal) o menor (ocasional) frecuencia harán uso del vehículo, conductor principal u ocasional respectivamente. No necesariamente coincide con el asegurado ni con el tomador del seguro.
Además de los conductores habituales presentes en la póliza, en muchos seguros se reconoce como conductor asegurado en caso de accidente a aquellos que tengan una cierta edad (generalmente mayoría de 26 años) o un mínimo de experiencia conduciendo (por regla más de 5 años) En el caso de coches de alquiler, el conductor principal será el firmante del contrato de alquiler, aunque existen casos de varios conductores, si lo permite el contrato de alquiler.
IV. El beneficiario es el individuo que en caso de siniestro recibiría la indemnización. En caso de que el conductor no esté declarado en el seguro como conductor principal, secundario, ocasional o autorizado, ni cumpla los requisitos de edad y/o años de permanencia del carnet de conducir, la aseguradora, se reserva el derecho de no cubrirlo o de aplicar la regla de equidad. Esta regla supone la reducción proporcional de la prestación o indemnización de la compañía aseguradora en caso de siniestro, por la diferencia entre la prima pagada y la que se debió pagar. La cláusula tipo que lo suele plasmar dice algo así <<La prima de este seguro se ha establecido en base al tipo de vehículo y características de los conductores declarados. Si por circunstancias excepcionales, el vehículo fuera conducido por una persona no declarada, la Entidad Aseguradora renuncia a la aplicación de la regla de equidad, excepto en el caso de que una o ambas características sean de edad menor de 26 años o de permiso de conducir inferior a 5 años>>
Por todo ello, antes de subirse a un coche como conductor os recomendamos comprobar las condiciones del seguro y en caso de tener dudas, poneos en contacto con el agente de seguros. La atención al cliente es uno de los puntos fuertes de Cover, por lo que si después de leer este post seguís teniendo dudas poneos en contacto con nosotros y las resolveremos encantados.